BASES RIFA TELETÓN 2023
BASES RIFA TELETÓN 2023
RIFA TELETÓN2023 -DEPENDE DE VOS
Bases de LA RIFA 2023
Teletón realizará una rifa de un carro y a toda persona que adquiera su número será denominada la “DONANTE” y a la RIFA TELETÓN2023, los participantes aceptan las reglas señaladas en las presentes bases, de forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Organizador en cualquier asunto relacionado con la presente rifa. La aplicación de la RIFA estará condicionada al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por estas bases. El Organizador, tal como se definirá más abajo se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución de cualquier premio entregado.
Asociación Teletón Pro-rehabilitación (FUNTER) se reserva el derecho, en cualquier momento, para verificar los requisitos de elegibilidad para ser participante de la RIFA.
La RIFA consiste en que el DONANTE podrá participar en la rifa por la donación de $25.00 por la que recibirá un numero o ticket a través de un talonario impreso de 5 mil tickets, cada ticket valorado en $25.00 como donación a la campaña Teletón 2023 DEPENDE DE VOS
En caso de empresa deben registrar:
Al ser registrado el DONANTE, tendrá su número de ticket de participación del talonario impreso para la rifa Y tiene derecho a solicitar su recibo de donación. Según el artículo 32 de la Ley de impuesto sobre la renta toda donación es deducible del pago de impuesto sobre la renta.
Las bases de la RIFA estarán publicada en la página de Facebook de FUNTER Teletón El Salvador.
Se contara 100 talonarios de 50 tickest cada uno, haciendo un total de 5 mil tickets, la numeraciones será de 0001 a 5,000.
Los boletos se venderán a través de voluntarios en centros comerciales, gasolineras, empresas, centros educativos y centros de Teletón.
Valor unitario del automóvil a sortear Hyundai Creta Sport T/A 2024 por $25,440.84 dólares americanos. El vehículo incluye el valor total del vehículo, Placas y el pago de sus respectivas matrículas.
Sorteo del vehículo, realizará un (1) sorteo en la fecha y hora indicada en la sección 3, literal c) de estas bases. El sorteo se realizará a través de una tómbola manual, la cual contendrá los tickets de participación con los datos de los donantes que hayan participado, hasta el 11 de diciembre, 2023.
El sorteo se realizará en el lugar detallado en la sección 3, literal c) de estas bases, de forma presencial, y con una transmisión live en las redes sociales de la Asociación Teletón Pro-rehabilitación (FUNTER). Los potenciales ganadores serán contactados vía telefónica al número proporcionado en el registro. Asociación Teletón Pro-rehabilitación (FUNTER), no es responsable de cualquier cambio en los números de teléfono de los participantes. Se sacara un ganador, un primer suplente y segundo suplente. Se hará tres (3) intentos de llamada y se le envira un mensaje de whatsapp al potencial ganador, de no responderlo en 24 horas se procederá a seleccionar al primer ganador suplente y a hacer el mismo proceso; así sucesivamente con el segundo ganador suplente. De no responder ninguno de los ganadores el vehículo quedara en propiedad de Teletón.
El ganador del vehículo podrá reclamar su premio en las oficinas de Asociación Teletón Pro-rehabilitación (FUNTER), ubicadas en Calle El Pedregal Y Ave L-E Jardines de La Hacienda Ciudad Merliot, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. El Salvador, fijando como último día para presentar documentación el 5 de enero del 2024 y para reclamar el premio el 14 de enero del 2024.
8.1 Requisitos para la redención de los premios:
Persona natural debe presentar:
En caso sea una empresa o persona jurídica debe presentar:
Ganar el premio depende del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en este documento. Si el Organizador así lo requiere, el participante ganador se compromete a cooperar plenamente en una verificación confidencial de antecedentes para confirmar su elegibilidad y ayudar a garantizar su elegibilidad en la publicidad o propaganda de la misma RIFA, no traerá al Organizador un descrédito público, desprecio, escándalo, o influiría negativamente en la RIFA. Si el ganador del premio hace cualquier declaración falsa en cualquier documento relacionado con la RIFA, el ganador será descalificado y será obligado a devolver con prontitud al Organizador el premio o, a discreción del Organizador, el equivalente en efectivo del premio en función del valor aproximado del premio. En caso de ocurrir este evento, se notificará a la Dirección General del Régimen Departamental y se hará una relación sucinta de los motivos por los cuales el ganador del premio debe devolver lo o retribuir en efectivo el valor aproximado de este.
8.2 Condiciones Generales del Premio
Todos los detalles y otras restricciones del premio no establecidos en estas bases serán determinados por el Organizador a su entera discreción.
El premio será entregado al ganador luego que haya cancelado los gastos de escrituración y el 15% de impuesto sobre la renta, según el Art. 160 del Código Tributario. Cualquier otro gasto no mencionados específicamente como parte de premio, son responsabilidad del ganador. El premio no se puede transferir, canjear por dinero en efectivo o sustituirlo. El Organizador se reserva el derecho de sustituir un premio de igual valor, a su entera discreción.
Si un ganador potencial no puede aceptar el premio, el premio se perderá en su totalidad y el Organizador podrá, a su sola discreción, otorgar el premio a un ganador alternativo, tal y como se establece en la mecánica del sorteo.
8.3 Otras condiciones generales
Como condición para participar, los participantes están de acuerdo con que los directores, empleados, representantes y agentes no tendrán ningún tipo de responsabilidad, y se eximen de cualquier responsabilidad por cualquier lesión, pérdida o daño de cualquier tipo a persona(s), incluyendo la muerte, o propiedad como resultado total o parcialmente, directo o indirectamente, de la aceptación, posesión, uso indebido o uso de un premio. Salvo en los casos legalmente prohibidos, los ganadores otorgan el permiso al Organizador, ya quien es actúen bajo su autoridad, el derecho al uso de su nombre, fotografía, video, retrato, voz, información biográfica y declaraciones, en cualquier momento para la publicidad, el comercio y propósitos promocionales sin compensación adicional, en todos los medios impresos y digitales conocidos actualmente o descubiertos en el futuro a nivel global. Esta enumeración es meramente descriptiva más no limitativa. El ticket impreso deber tener el correlativo de las listas de control de Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER) para verificar la autenticidad del mismo. En caso de no coincidir con el número correlativo correspondiente, dicho cupón no será aceptado. Cualquier alteración o deterior o que no permita verificar la autenticidad del ticket, se invalidará.
1) No se hará reposición de cupones reportados como extraviados en ninguna circunstancia.
2) La RIFA no se declarará desierta, se continuará sacando un ganador hasta que el premio sea reclamado por alguno de los participantes que resulten favorecidos en la misma.
3) El ganador de este sorteo no tendrá derecho a transferir el premio a ninguna persona ni se entregará en efectivo bajo ninguna circunstancia. En caso de ser menor de edad el premio se entregará a nombre de su padre, su madre o tutor legal cuyo DUI haya sido colocado en el talonario.
4) El donante que resulte ganador autoriza compartir su experiencia con Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER), para realizar publicidad.
5) La responsabilidad de Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER), termina con la entrega del premio al ganador y no se responsabiliza por los daños ocultos, accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos o legales en los que pueda incurrir por el uso o disfrute del premio. 6) Se expresa y aclara que Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER), no será responsable por cualquier postergación o cancelación de la RIFA, cuando las circunstancias que originen tal hecho resulten ajenas a su arbitrio, sea por caso fortuito o fuerza mayor o de orden legal.
7) Cuando sea para beneficio de los participantes o para mejorar la transparencia de la promoción, Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER), podrá variar los términos y condiciones del presente reglamento, durante la vigencia de la presente RIFA notificándolo previamente a los participantes, siempre y cuando se mantengan los incentivos originales.
8) El premio se concede TAL CUAL Y SIN GARANTÍA O REPRESENTACIÓN DE NINGÚN TIPO, EXPRESA O IMPLÍCITA (INCLUYENDO SIN LIMITACIÓN, CUALQUIER GARANTÍA DE COMERCIALIZACIÓN O IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR).
9) El premio es individual e intransferible
10) El premio no puede ser cambiado por efectivo ni producto.
11) El Organizador se reserva el derecho de modificar el presente documento y efectuar cualquier cambio a la RIFA a su entera discreción, en cualquier momento, sin necesidad de aviso. Esta circunstancia será notificada al Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, con la finalidad de obtener una resolución favorable sobre dichas modificaciones y/o cambios.
12) Asociación Teletón Pro-Rehabilitación (FUNTER), es respetuosa de los datos personales e información que le suministran los donantes que participarán en la RIFA, por lo que a continuación, se establecen las finalidades, medidas y procedimientos de las bases de datos que se generará en la ejecución de la RIFA, así como los mecanismos con que los Participantes cuentan para conocer, actualizar, rectificar, suprimir los datos suministrados o para revocarla autorización que se otorga con la aceptación en la participación de la RIFA:
Solicitar prueba de la autorización otorgada; iii) Ser informado, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales; iv) Presentar ante la autoridad Administrativa correspondiente, quejas por infracciones a lo dispuesto en la ley; v) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión de sus datos; vi) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento. Toda rectificación de información de los Participantes o revocación de autorización para el manejo de datos personales, se hará efectiva en un plazo máximo de diez días calendarios, contados a partir de la fecha en que se reciba solicitud respectiva por el Participante. 17) El Organizador se reserva el derecho de suspender la RIFA de manera temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de beneficios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas o cualquier otro evento fuera de control razonable del Organizador. Las personas que participaren en la alteración de los cupones, robo o emisión fraudulenta de los mismos, así como el engaño, fraude, falsificación o manipulación no autorizada, que obstaculicen el normal desempeño de la RIFA y las acciones que a juicio de Organizador sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la RIFA, los participantes podrán ser perseguidos por los medios previstos en la ley. De presentarse estas circunstancias, serán debidamente notificadas a la Dirección General del Régimen Departamental en aras de que esta pueda resolver favorablemente sobre la suspensión temporal o definitiva de la RIFA.